La Cámara de Diputados avaló la modificación al artículo 127 constitucional que pone un tope a las pensiones de personal de confianza en siete organismos públicos federales.
Ciudad de México.– Después de semanas de intenso debate público y jornadas legislativas marcadas por la polémica, la Cámara de Diputados aprobó la reforma constitucional contra las llamadas “pensiones doradas”, impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum, que establece un límite máximo a las jubilaciones de personal de confianza en diversas entidades del gobierno federal.
El dictamen fue avalado en lo general con 458 votos a favor, en una votación donde confluyeron legisladores de todos los partidos. Sin embargo, la discusión se prolongó por varias horas y, tras rechazarse las reservas presentadas por Morena, PAN, PVEM, PT, PRI y Movimiento Ciudadano, la aprobación en lo particular arrojó 363 votos a favor, 64 en contra y 25 abstenciones.
Con este paso cumplido, el dictamen fue remitido a los congresos de los 31 estados y la Ciudad de México para su ratificación, requisito indispensable para que la reforma al artículo 127 constitucional entre en vigor.
¿A quiénes afecta la reforma?
La modificación constitucional impacta directamente a jubilados y pensionados de confianza de siete dependencias federales: Petróleos Mexicanos, la Comisión Federal de Electricidad, Luz y Fuerza del Centro, Nacional Financiera, el Banco Nacional de Comercio Exterior, el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos y el Banco Nacional de Crédito Rural.
La medida se gestó luego de que el gobierno federal hiciera públicos los ingresos de cerca de 100 mil jubilados y pensionados, lo que generó un fuerte debate sobre la disparidad entre quienes reciben pensiones elevadas y la mayoría de los trabajadores retirados que sobreviven con montos mínimos.
El tope queda en la mitad del sueldo presidencial
El punto central de la reforma establece que ninguna pensión de personal de confianza en estos organismos podrá superar la mitad de la remuneración de quien ocupe la Presidencia de la República. Con las cifras actualizadas a 2026, los números quedan así: el sueldo presidencial bruto es de 193 mil 706 pesos, lo que equivale a 134 mil 290 pesos netos. Por lo tanto, el tope máximo para las pensiones reformadas será de 67 mil 145 pesos después de impuestos.
¿Quiénes quedan fuera de esta medida?
La reforma contempla excepciones puntuales. Las pensiones de las Fuerzas Armadas no se verán afectadas, tampoco las jubilaciones generadas mediante aportaciones voluntarias a sistemas de ahorro para el retiro con cuentas individuales, ni aquellas que se originaron por aportaciones sindicales en esquemas de ahorro complementario. Igualmente queda excluida la pensión no contributiva establecida en el artículo 4° de la Constitución.
¿Aplica para quienes ya están jubilados?
Este fue uno de los puntos más debatidos. La reforma establece que todas las pensiones otorgadas antes de la entrada en vigor del decreto y que no se encuentren entre las excepciones mencionadas deberán ajustarse al nuevo tope sin excepción, siempre que sigan vigentes.
No obstante, los haberes de retiro concedidos bajo el marco constitucional previo a la reforma se respetarán en los términos en que fueron reconocidos. Lo que sí cambia es que, a partir de ahora, cualquier aportación estatal a cuentas individuales o planes complementarios de pensiones quedará sujeta al límite establecido.
Las entidades involucradas están obligadas a revisar y, en su caso, modificar contratos y condiciones laborales para alinearlos con la nueva disposición. Para ello, tanto el Congreso de la Unión como los congresos estatales tendrán un plazo máximo de 90 días naturales a partir de la entrada en vigor de la reforma para ajustar el marco jurídico correspondiente.

